Cómo calificar para Visa U cuando se es víctima de un delito

 

  Cuál es el propósito de una U-Visa?
El Congreso creó el estado de U No Inmigrante en el año 2000 en un esfuerzo por alentar a las víctimas de ciertos crímenes que no tienen estatus legal en los Estados Unidos para denunciar estos delitos a las autoridades.
 
Qué es una U-Visa?
Es el estatus de No-inmigrante U (comúnmente conocida como Visa U) es un estado temporal que permite a los no-ciudadanos víctimas de delitos para estar aquí en los Estados Unidos, recibir la autorización de empleo, y con el tiempo ser elegibles para el estatus de residente legalmente permanente, y también ayudar a ciertos miembros de la familia. 

 

La U-Visa está disponible para inmigrantes ilegales que cumplen con todos los siguientes cinco (5) Requisitos:

 

  1. 1.       víctima de uno de los siguientes delitos:

 

Secuestro

Incesto

Violación

Contacto abusivo

Servidumbre involuntaria

Asalto

Chantaje

Secuestro

Explotación Sexual

Violencia Doméstica

Homicidio

Comercio de esclavos

Extorsión

Asesinato

Tortura

Falso encarcelamiento

Obstrucción de la Justicia

Trata

Asalto criminal

Peonaje

Ilícito penal de restricción

Mutilación genital femenina

Perjurio

Testigo manipulación

Rehenes

Prostitución

Intento, conspiración o incitación para cometer cualquiera de los delitos mencionados

 

  1. 2.       Haber sufrido abuso físico o mental como consecuencia de haber sido víctima de uno de los delitos antes mencionados.
  2. 3.       Poseer información útil relativa a la actividad delictiva antes mencionados. 
  3. 4.       Haber sido en el pasado, actualmente lo es y lo seguira siendo en el futuro una ayuda para a los funcionarios en la investigación o el enjuiciamiento del crimen.
  4. 5.       El crimen cometido violo las leyes de los Estados Unidos o se realizo en los Estados Unidos.

 

 

 

PREGUNTAS FRECUENTES

 

¿Puede un solicitante de la Visa U aplicar para los demas miembros de la familia?
Sí. El solicitante principal para la Visa U puede presentar  a los miembros calificados de la familia, esto se llama Solicitantes Derivados y se determina en virtud de dos (2) situaciones: 

  1. Solicitante de U-Visa  es menor de 21 años de edad, entonces puede solicitar a su cónyuge, hijos, padres y hermanos solteros menores de 18 años;
  2. Solicitante de U-Visa es de más de 21 años, entonces puede solicitar a su cónyuge y sus hijos.

 

¿Puede un inmigrante a quien se le concedio la U-Visa eventualmente solicitar la residencia permanente (green card)?
Sí. El inmigrante debe estar presente físicamente en los Estados Unidos por un período continuo de al menos tres años desde la fecha de emisión de la visa U. Además, la inmigración debe determinar que la presencia continua de los inmigrantes en los Estados Unidos debe ser concedido por razones humanitarias a fin de mantener la unidad familiar, o que sea en el mejor interés del público. 
¿Hay gastos de presentación para la visa U?
No. No hay cuota ni pago alguno de presentación de la solicitud de estatus de no inmigrante para los candidatos principales o para sus familiares directos. Nadie tiene que pagar por la aplicación, independientemente de sus ingresos. Sin embargo, los miembros de la familia de derivados tiene que pagar por algunos de los documentos relacionados, tales como la autorización de empleo. Hay una exención de cuotas disponibles para los solicitantes que estén en condiciones financieras de pagar por dichos documentos. 
¿Alguien puede aplicar para una visa U, mientras que están en proceso de deportación o tiene una orden de deportación?
Sí. Usted es elegible para aplicar para una visa U, mientras que en el proceso de deportacion o incluso si usted tiene una orden de deportación de un juez de inmigración. Cuando la visa U es aprobada una moción para reabrir la orden de expulsión debe ser presentada ante la Corte de Inmigración. Si usted está a punto de ser deportados, una moción para suspender la deportación debe ser presentada ante la Corte de Inmigración de inmediato. ¿Cómo puedo aplicar para una visa U?Reúna toda la documentación como informes policiales, órdenes de protección, transcripciones de la corte, los informes médicos , terapeutas, artículos de prensa, en su caso que se refieren a la actividad criminal. A continuación, consulte a un abogado de inmigración Constan ce M. Doyle que le pueda ayudar a través de este proceso que consiste en obtener una certificación de cumplimiento de la ley.

 

Exención de responsabilidad: Este documento está escrito para los propósitos de información general. No pretende ser un consejo legal. Usted debe consultar a un abogado para el consejo con respecto a su situación individual. La diligencia debida, la razonabilidad y la discreción son siempre necesarios. Le invitamos a contactar con nosotros y bienvenida a sus llamadas, cartas y correo electrónico. Cómo ponerse en contacto con nosotros no crea una relación abogado-cliente.

 

 

Oficina Legal de Constance M. Doyle

805 W. Rand Road Suite A Arlington Heights, IL 60004

Oficina: 847-807-4477 Fax: 312-533-2591

 

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